Acepto
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Cuando llegan estas fechas las sociedades mercantiles deben recordar sus obligaciones (plazos) con el Registro mercantil y tener en cuenta las sanciones en caso de incumplimiento.
Plazos a tener presente
Las sociedades con ejercicio social coincidente con el año natural deben recordar:
Régimen sancionador no depósito de cuentas anuales
De acuerdo con los criterios establecidos en el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas (BOE núm. 26, de 30 de enero de 2021), la sanción podrà ser:
Debe tenerse en cuenta que la prescripción de estas infracciones se produce a los tres años, por lo que, en general, no son exigibles por haber prescrito los incumplimientos de ejercicios anteriores a las cuentas del 2018, y a partir del 31 de julio de 2023 prescribirán los correspondientes a las cuentas cerradas a 31 de diciembre de 2019.
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